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Etapa 2 de 4 del trámite: la denuncia del servel

  1. 1La elección
  2. 2La denuncia del Servel
  3. 3La notificación
  4. 4La audiencia o el pago

¿Me denunciaron por no votar? Cómo saberlo

Si no votó en 2025, lo más probable es que el Servel lo denuncie: anunció 3.760.261 denuncias. Usted se entera cuando el juzgado lo notifica, no antes.

Revisado el contra la Ley 18.700 vigente en LeyChile y los avisos del Servel.

No hay una consulta en línea

Al 23-10-2026 no encontramos una consulta del Servel para saber si una persona fue denunciada. El Servel denuncia; quien lleva la causa y lo notifica es el juzgado de policía local. Art. 139 ter, Ley 18.700

Dónde le va a llegar

Al correo electrónico que el Servel obtenga del Registro Civil, la Tesorería General o el SII. Revise también la carpeta de spam. Si no tienen un correo suyo, se usan las reglas generales de notificación, pero nunca por Carabineros. Art. 139 ter, Ley 18.700

Qué juzgado lleva su caso

El juzgado de policía local de la comuna donde se cometió la infracción, es decir, donde le tocaba votar. Es la comuna donde estaba inscrito para esa elección, aunque después se haya cambiado de domicilio. Si no la recuerda, revise sus datos electorales en consulta.servel.cl. Art. 139 ter, Ley 18.700

Hasta cuándo puede llegar la denuncia

El Servel tiene un año desde cada elección para denunciar: Art. 139 ter, Ley 18.700

  • Primera vuelta 2025 (16 de noviembre de 2025): hasta el 16 de noviembre de 2026
  • Segunda vuelta 2025 (14 de diciembre de 2025): hasta el 14 de diciembre de 2026

Qué guardar desde ya

La excepción se prueba en la audiencia. Si tenía una, junte hoy el documento, antes de que se pierda:

Estar a más de 200 km del local de votación

Constancia en Carabineros el mismo día de la elección. En 2025 se podía iniciar en Comisaría Virtual con ClaveÚnica, que entregaba un código para validar ese día en una unidad de Carabineros; sin esa validación la constancia no quedaba hecha.

Art. 139 bis N° 2 Ley 18.700
Estar enfermo el día de la elección

No se deja constancia en Carabineros. La ley no fija un documento: guarde lo que pruebe la enfermedad ese día, por ejemplo un certificado médico o el comprobante de una atención.

Art. 139 bis N° 1 Ley 18.700
Estar fuera de Chile el día de la elección

No se deja constancia en Carabineros. Guarde lo que pruebe que estaba fuera ese día: timbres del pasaporte, pasajes o un certificado de viajes de la PDI.

Art. 139 bis N° 2 Ley 18.700
Haber cumplido funciones electorales ese día (vocal, colegio escrutador, delegado)

Su participación queda en los registros de la elección. Guarde lo que la acredite por si el juzgado lo cita.

Art. 139 bis N° 3 Ley 18.700
Tener discapacidad calificada y certificada, o pensión de invalidez

La calificación y certificación de discapacidad del art. 13 de la Ley 20.422 (la califican las COMPIN o las instituciones que reconoce el Ministerio de Salud), o la calidad de pensionado de invalidez de cualquier régimen, que la ley permite acreditar con los registros de la Superintendencia de Seguridad Social.

Art. 139 bis N° 4 Ley 18.700
Otro impedimento grave

Todo documento que muestre el impedimento y su fecha.

Art. 139 bis N° 5 Ley 18.700

Cuidado con los correos falsos

En diciembre de 2024 circularon correos a nombre del Servel que pedían pagar una «multa de 0,5 UTM» con un enlace. El Servel dijo que no pide datos personales ni pagos por correo y que las citaciones las hacen los juzgados de policía local. Ante la duda, no haga clic: llame al juzgado de su comuna con un número que busque usted.

Fuentes