Multa por no votar: qué hacer si lo denunciaron
El Servel va a denunciar a 3.760.261 personas que no votaron en 2025. Aquí está el camino completo, de la denuncia al pago o la audiencia, con la ley a la vista.
Revisado el contra la Ley 18.700 y la Ley 18.287 vigentes en LeyChile. Montos actualizados el con la UTM de noviembre de 2026 ($72.440, SII).
¿Qué le pasa?
Todavía no me llega nada
Cómo saber si lo denunciaron y qué guardar desde ya.
Ver qué hacerMe llegó un correo del juzgado
Si es real, qué dice y qué hacer antes de la audiencia.
Ver qué hacerTenía una excusa
Las cinco excepciones de la ley y cómo probar cada una.
Ver qué hacerQuiero saber cuánto pagaría
Entre $36.220 y $108.660 este mes.
Ver qué hacer
¿Su excusa vale? Revíselo
1. Elija su caso
No votar: excepciones del art. 139 bis. Vocal de mesa: causales del art. 49. Ambas de la Ley 18.700.
¿Quiere saber su local, su mesa o si salió vocal?
Eso lo muestra solo el Servel, con su RUT. Este sitio no pide ni guarda su RUT.
Ir a consulta.2. Lo que dice la ley
Estar a más de 200 km del local de votación
Art. 139 bis N° 2 Ley 18.700
Cómo se acredita:
Constancia en Carabineros el mismo día de la elección. En 2025 se podía iniciar en Comisaría Virtual con ClaveÚnica, que entregaba un código para validar ese día en una unidad de Carabineros; sin esa validación la constancia no quedaba hecha.
Después:
Guarde el comprobante. La constancia no es la excusa: se presenta ante el juzgado de policía local si el Servel lo denuncia, lo que puede hacer dentro de un año desde la elección (art. 139 ter).
Multas electorales vigentes
No votar sin causal cuesta de $36.220 a $108.660 (0,5 a 1,5 UTM) y faltar como vocal de mesa, de $144.880 a $579.520 (2 a 8 UTM), a la UTM de noviembre de 2026 ($72.440, SII). Las dos son a beneficio municipal y las aplica el juzgado de policía local.
El voto es obligatorio en todas las elecciones y plebiscitos, salvo las primarias (art. 15 de la Constitución, reformado por la Ley 21.524 de 2023). La multa por no votar está en el art. 139 bis de la Ley 18.700, que agregó la Ley 21.779 (Diario Oficial del 23-10-2025) junto con el art. 139 ter sobre la denuncia y la notificación.
Quién denuncia: por no votar, el Director del Servel, dentro de un año desde la elección (art. 139 ter); por no presentarse como vocal, el presidente de la junta electoral, dentro de 30 días (art. 160). En los dos casos lo ve el juzgado de policía local de la comuna (art. 139 ter y 157).
Preguntas frecuentes
¿Hay descuento por pagar rápido?
No. La rebaja del 25 % por pagar dentro de cinco días existe solo para ciertas multas de tránsito.
Art. 22, Ley 18.287¿Me pueden notificar Carabineros en mi casa?
No. Si hace falta notificarlo en persona, la ley prohíbe que lo haga Carabineros.
Art. 139 ter, Ley 18.700¿El Servel me cobra por correo?
No. El Servel denuncia; el juzgado cita y fija la multa, y se paga en la tesorería municipal. El Servel ha advertido que no pide datos personales ni pagos por correo.
Art. 139 ter, Ley 18.700 · Art. 22, Ley 18.287¿Tener que trabajar ese día sirve de excusa?
No. Trabajar no está entre las excepciones del art. 139 bis. Quienes deben trabajar el día de la elección pueden ausentarse tres horas para votar o excusarse, sin descuento de sueldo, y ningún empleador puede exigir un trabajo que impida votar.
Art. 165 Ley 18.700¿Sirve la constancia de Comisaría Virtual sin ir a Carabineros?
No por sí sola. En las elecciones de 2025, Comisaría Virtual (con ClaveÚnica) entregaba un código que había que llevar el mismo día a una unidad de Carabineros para validar la constancia (guía del Gobierno para la segunda vuelta de 2025, 14-12-2025). Es solo para quien está a más de 200 km de su local: si está fuera de Chile o enfermo, no va a Carabineros y presenta sus documentos ante el juez. Antes de cada elección, revise las instrucciones en comisariavirtual.cl.
¿Los mayores de 70 años deben votar?
Sí. La ley no exime por edad: las excepciones del art. 139 bis son estar enfermo, estar fuera del país o a más de 200 km, haber cumplido funciones electorales, tener discapacidad certificada o pensión de invalidez, y otro impedimento grave. La edad sí sirve para no ser vocal de mesa: tener más de 70 años es excusa (art. 49 N° 4).
¿Los extranjeros pagan la multa?
No. El art. 139 bis multa al «ciudadano» que no vota, y la guía del Gobierno para la segunda vuelta de 2025 dice que las personas extranjeras con derecho a voto y los chilenos que viven en el exterior no arriesgan multa.